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El hecho de que las personas vivamos en sociedad implica un permanente contacto con nuestros pares. Para que esta convivencia sea posible, es necesario establecer ciertas normas que regulen el comportamiento. Por una parte, existen algunas obligaciones que tiene el individuo hacia la comunidad y, por otra, la comunidad garantiza a los individuos ciertos derechos que les permiten vivir respetando su libertad. Hay una relación entre lo individual y lo social que se manifiesta en los llamados derechos y deberes ciudadanos.
En nuestro país, la Constitución reconoce la calidad jurídica de ciudadanos a los chilenos y chilenas que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva, es decir, que no hayan sido sentenciados judicialmente a una pena igual o superior a tres años y un día de privación de libertad. Esta definición se establece en el artículo 13 de la Constitución.
La calidad de ciudadano otorga ciertos derechos políticos tales como:
La ciudadanía se pierde cuando:
Toda persona, hombre o mujer, independientemente de su religión, edad, sexo o grupo social al que pertenezca tiene derechos que deben ser respetados por el Estado. Estos derechos, que son conocidos como derechos humanos, son innatos e inherentes a las personas, es decir, se poseen por el solo hecho de ser persona. Además, son anteriores al ordenamiento jurídico de un Estado y resultan inalienables e inviolables, ya que están en la naturaleza misma del ser humano.
En la Constitución de 1980, en el Capítulo III titulado De los derechos y deberes constitucionales, se garantiza a todas las personas de nuestro país dichos derechos.
Derechos garantizados por la Constitución
Derechos políticos:
Derechos civiles:
Derechos económicos, sociales y culturales:
Si deseas profundizar acerca de los derechos constitucionales a lo largo del siglo XX, aquí puedes leer las Constituciones de 1925 y 1980:
http://www.cervantesvirtual.com/portal/constituciones/pais.formato?pais=Chile&indice=constituciones
Chile y los tratados internacionales de Derechos Humanos
A lo largo del siglo XX, la comunidad internacional, sensibilizada frente a las guerras mundiales de la primera mitad del siglo, estableció una serie de organismos de carácter internacional para que velaran por el respeto a los derechos humanos. De esta forma, se ha llegado a acuerdos que las diversas naciones y estados han firmado y ratificado en el entendido que los aplicarán en sus respectivos marcos jurídicos.
La comunidad internacional no nos es ajena, pues formamos parte de ella participando de sus compromisos, a través de las autoridades que nos representan.
Chile, como Estado independiente, ha ratificado estos acuerdos. Uno de ellos es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada el 10 de diciembre de 1948 por 56 representantes de los 58 Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas.
Otro acuerdo internacional al cual Chile se adscribió en 1990 es la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada en la ONU el 20 de noviembre de 1959.
En 1989 se sumó a la Convención de las Naciones Unidas contra todas las formas de discriminación ejercidas sobre la mujer.
Fecha de Modificación | 04/05/2007 | |||||||||
Descripción Breve | Te invitamos a conocer tus derechos como ciudadano(a). | |||||||||
Idioma | Español (ES) | |||||||||
Autor | educarchile | |||||||||
Fuente | educarchile | |||||||||
Clasificación Curricular |
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